Política

El Presidente extendió la cuarentena hasta el 24 de mayo: qué dice el Decreto

El mandatario aseguró que por el momento en la Argentina se registra un "éxito en el control" de la pandemia, y destacó que "por el comportamiento de todos, se están logrando los objetivos".

  • 09/05/2020 • 09:20

El presidente Alberto Fernández realizó en la noche del viernes el anuncio de la extensión de la cuarentena hasta el 24 de mayo. Lo hizo en la quinta de Olivos, acompañado por el gobernador bonaerense, Axel Kicillof, y el jefe de gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, que gobiernan en los distritos donde se concentra más del 60% de los casos de coronavirus en todo el país.

Aseguró que por el momento en la Argentina se registra un "éxito en el control" de la pandemia, y destacó que "por el comportamiento de todos, se están logrando los objetivos".

Continúan las prohibiciones generales para el dictado de clases presenciales; la asistencia a eventos públicos y privados (sociales, culturales, recreativos,deportivos, religiosos), las visitas tanto a centros comerciales como a cines, teatros,centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios y clubes, el uso de transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional y para el desarrollo de actividades turísticas, aperturas de parques y plazas.

También se dispone que la fronteras continuarán cerradas al tiempo que se destaca que continuarán dispensados del deber de asistencia al lugar de trabajo los mayores de 60 años, las embarazadas y las personas en los grupos de riesgo.

En el decreto que se publicará este sábado se detallan siete puntos de esta fase:

1. Se prorroga el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio hasta el domingo 24 de mayo inclusive.

2. Prohibiciones generales:

- Dictado de clases presenciales.

- Eventos públicos y privados (sociales, culturales, recreativos,deportivos, religiosos).

- Centros comerciales.

- Cines, teatros,centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios y clubes.

- Transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional.

- Actividades turísticas, aperturas de parques y plazas.

3. Las fronteras continúan cerradas.

4. Continúan dispensados del deber de asistencia al lugar de trabajo los mayores de 60 años, las embarazadas y las personas en los grupos de riesgo.

5. Se habilitan las siguientes ramas industriales, sin uso de transporte público:

- Automotriz y autopartes.

- Electrónica y electrodomésticos.

- Textil, calzado e indumentaria.

- Productos de tabaco.

- Metalurgia, maquinaria y equipos.

- Gráfica, ediciones e impresiones.

- Madera y mueble.

- Juguetes.

- Laboratorios farmacéuticos.

- Química y petroquímica.

- Fabricación de motocicletas y bicicletas.

- Fabricación de neumáticos.

6. Los gobernadores y las gobernadoras (excepto AMBA) podrán decidir excepciones teniendo en cuenta los criterios establecidos por el Ministerio de Salud de la Nación.

7. El Área Metropolitana de Buenos Aires continúa con las restricciones del Aislamiento y las excepciones deberán ser requeridas al Jefe de Gabinete de la Nación.