Sociedad

Coronavirus en la Argentina | Los bares y restaurantes porteños no podrán habilitar terrazas, patios o jardines

El gobierno Nacional introdujo cambios en la medida original, anunciada la semana pasada.

  • 03/09/2020 • 15:32

El Gobierno nacional oficializó este jueves la habilitación de bares y restaurantes de la Ciudad, para funcionar en medio del aislamiento social preventivo y obligatorio. Sin embargo, especificó que no podrán poner mesas en patios, terrazas o jardines.

Las especificaciones y los cambios en la medida fueron detalladas en la Decisión Administrativa 1600/2020, publicada en el Boletín Oficial.

Esta restricción de los espacios fue recibida con sorpresa en el sector gastronómico, dado que no había sido contemplada el viernes pasado, cuando se anunció. La resolución oficial, entonces, autoriza el funcionamiento de la actividad al aire libre, “exclusivamente en vereda, calzada u otros sectores del espacio público”.

Además, el texto aclara: “sin el uso de espacios o salones interiores, patios interiores, terrazas, jardines o similares”.

Por otra parte, la disposición aclara que solo podrán abrir aquellos establecimientos que ya contaran “con habilitación para funcionar al aire libre, en vereda, calzada u otros sectores del espacio público otorgada por la autoridad correspondiente de la jurisdicción con anterioridad al dictado de la presente decisión administrativa”.

Si bien en todas las actividades habilitadas siempre hay un trabajo conjunto entre el distrito y el Ministerio de Salud de la Nación, en este caso se le pidió a la Capital un monitoreo semanal. “La autoridad sanitaria de la Ciudad deberá remitir al ministerio de Salud de la Nación toda la información que se le requiera para evaluar la trayectoria de la enfermedad y la capacidad del sistema sanitario para atender a la población”, indica el texto. “Si la autoridad local detectare un signo de alerta epidemiológico o sanitario, deberá comunicarlo de inmediato a la autoridad sanitaria nacional”, agrega.

“Las personas alcanzadas para desarrollar su actividad por esta decisión administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19”, se aclara en la resolución.

El protocolo para la apertura gastronómica al aire libre

Desde el lunes todos los restaurantes, bares, cafés y locales de comida rápida pudieron reabrir sus puertas. Los primeros habilitados para el consumo al aire libre fueron los comercios que ya tenían permiso para colocar mesas en la vía pública, los demás deben tramitar la autorización.

El servicio al aire libre debe seguir un protocolo sanitario estricto para la atención de los clientes. Tienen que mantener una distancia mínima entre personas de 1,5 metros y llevar al mínimo posible la convivencia simultánea en un mismo espacio físico.

Las mesas pueden recibir un máximo de cuatro personas. Es obligatorio el uso permanente de tapabocas tanto para el personal como para las personas ajenas al establecimiento, sean clientes o proveedores.

Por otra parte, en cuanto a los locales, el protocolo indica que se debe colocar cartelería visible en el establecimiento, con información actualizada sobre métodos de prevención para el COVID- 19; colocar a disposición del público, alcohol en gel o satinizante; y señalizar cantidad máxima de personas por área de servicio.